@doctorgoitia
Tras 16 años de un arbitrario proceso penal, se decretó la libertad plena de la jueza María Lourdes Afiuni. No se borran con esto las profundas heridas causadas a la institucionalidad ni los años de afectación a su dignidad, salud y derechos fundamentales, pero sí es el cierre (?) de una de las páginas más oscuras del Poder Judicial venezolano.
Tuve la doble responsabilidad —amistad y profesional— de asumir su defensa técnica. Me correspondió, tras mi paso como Juez Superior Penal Titular por Concurso de Oposición (2002-2017), culminar su juicio en primera instancia, así como preparar tanto el recurso de apelación como el de casación contra el fallo que dictó Manuel Antonio Bognanno Palmares.
A partir de esa vivencia de defensa y del análisis de actas y escritos, publiqué en distintos medios hace seis años la serie de cuatro artículos «Lo que sé del caso Afiuni», en los que expuse mi enfrentamiento con los encargados de adelantar un proceso que se ordenó desde lo más alto del poder.
Hoy, con la mirada puesta en el presente, pero con el compromiso de no olvidar, he decidido ofrecer de nuevo las cuatro entregas. Espero sirva como contribución al debate penal y a que se incorporen al registro histórico jurídico de Venezuela, para que su contenido, al menos, le haga más difícil a la arbitrariedad disfrazarse de Justicia.

A continuación, la primera entrega de esta serie:
Lo que sé del caso Afiuni (I)
Redactar un artículo de opinión en primera persona está reservado para escritores de trayectoria. Los nóveles deben hacerlo en tercera; utilizar el “Yo” o “Nosotros” es falta de humildad y de respeto hacia el lector. Infringiré la regla no porque me crea con prestigio en el género periodístico, sino porque conozco a María de Lourdes desde 1983, cuando estudiábamos Derecho; ejercimos como jueces en la misma época y soy uno de sus abogados.
La idea inicial fue desarrollar el tema del pronunciamiento de la Sala de Casación Penal que desestimó el recurso de casación interpuesto por la Defensa de Afiuni y confirmó la decisión en su contra por corrupción propia, pero proceso tan polémico, accidentado y extenso como el que se le siguió, merece más profundidad. La intención es narrar y analizar desde mi óptica qué pasó para que se produjera uno de los mayores exabruptos jurídicos en la historia judicial de Venezuela. Requeriré tiempo.

La tragedia comenzó un 10 de diciembre de 2009 cuando fue detenida en la sede del tribunal que tenía asignado. El día siguiente, Día del Juez, Chávez en cadena nacional informó que había otorgado medida de libertad condicional a Eligio Cedeño, banquero. Pidió para ella 30 años de cárcel. En la transmisión se vio a Luisa Ortega Díaz asintiendo el abuso de poder, que ejecutaría sin compasión.
Me incorporo a la Defensa en marzo de 2019. Mi relato abarcará 19 meses de 11 años que duró el proceso, pocos, pero fueron en los que más quedó al descubierto la conspiración condenatoria.
Conocía de su causa Manuel Antonio Bognanno Palmares. Mantuvo paralizado el juicio sin motivo desde el 31 de enero de 2018 hasta el 22 de febrero de 2019. Se adujo la interrupción. El 15 de febrero de 2019 se solicitó cómputo de días hábiles transcurridos entre esas fechas, que sólo proveyó cuando se interpuso amparo en su contra.

Sin vergüenza (separado), el 18 de marzo de 2019 dijo: “… una Certificación de Días de Despacho revela haber transcurridos entre el 31 de enero 2018 hasta el 22 de febrero 2019, trece (13) días hábiles, se concluye que la presente causa no se encuentra interrumpida…” folio 312 de la pieza 32 del expediente.
En el entendido que los jueces están obligados a despachar de lunes a viernes y que los de juicio deben velar porque el debate dure el menor número de días consecutivos posibles, para mantener vigente el contenido de los medios probatorios con los que decidirán, el “pequeño” retraso de Bognanno en cualquier Poder Judicial hubiera producido su destitución: en 13 meses laboró 13 días, es decir, uno por mes.
El 21 de marzo de 2019 se realizó la audiencia final. Bajo absurdas medidas de seguridad entramos a la sala siete personas: dos defensores, dos fiscales, María de Lourdes, su mamá y un amigo. Se nos trató como delincuentes.
… proceso tan polémico, accidentado y extenso como el que se le siguió, merece más profundidad…
Esbirros revisaron todo; cosméticos, bolígrafos y lentes, con detalle, según portaban cámaras escondidas. Bognanno no permitió el uso de la tablet donde estaban mis apuntes. Pretendió que las partes pasaran de inmediato a las conclusiones, no pudo, se le recordó la incidencia de interrupción y tuvo que considerarla. Las fiscales expresaron no tener argumentos que aportar, desconocían la materia por la larga inactividad.
Las conclusiones fueron lapidarias. Se le dijo a Bognanno que optara por una salida digna declarando la interrupción; se le conminó a que absolviera porque no podía haber corrupción sin prueba de haberse recibido dinero o beneficio económico indebido.

El Ministerio Público reconoció no tener pretensión (después exhortó el cese de las medidas cautelares que pesaban sobre María de Lourdes). Bognanno avisó que en media hora sentenciaría, a los cinco minutos estaba de vuelta con el fallo.
“Jueza Afiuni condenada por corrupción espiritual”, noticia que recorrió el mundo en minutos. Increíble. No fue un término que utilizaron sus abogados. Luisa Ortega Díaz en una de las rueda de prensa que dio para cumplir el mandado de su jefe, explicó que la corrupción consistió en el placer que sintió al otorgar la medida cautelar. Esto lo recordó el “Cunaguaro”, él divulgó la expresión.



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